Se debe hacer respetar la nueva Ley de Alcoholes
Que se haga respetar a la nueva ley de Bebidas Alcohólicas del estado de San Luis Potosí, para así atender las múltiples quejas ciudadanas contra las cantinas y los depósitos de cerveza para llevar, que no respetan el horario de trabajo, entre otras irregularidades que desde siempre se vienen conteniendo por los explotadores del vicio.Así se instruyó a los mandos de la policía municipal, y al regidor comisionado en el giro de los alcoholes, al momento de entregarte un ejemplar del nuevo ordenamiento que se menciona, mismo que se acaba de recibir en la oficina de la secretaria del ayuntamiento donde se procedió a conocerla detalladamente, para así disponer que se haga respetar.
De entre las modalidades que contiene la ley en mención se anota que el ayuntamiento tiene facultad para conocer el horario de trabajo pero bajo los límites siguientes; los bares y cervecerías de las 09:00 horas a las 01:00 horas del día siguiente: y billares, cines, baños públicos y boliches de las 11:00 a las 23:00 horas.
Las peluquerías pueden trabajar de las 11:00 a las 19:00 horas; los depósitos, agencias, distribuidoras y destilerías de las 10:00 a las 23:00 horas, y supermercados, minisúper, tiendas departamentales, tiendas de convivencia, abarrotes, misceláneas, tendejones, licorerías y vinaterías: 09:00 a 23:00 horas. Artículo 27 del ordenamiento referido.
De las prohibiciones; articulo 43.- queda prohibida la venta, distribución, consumo o suministro de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación en la vía publica, campo deportivo y lugares de esparcimiento al aire libre.
El articulo 50 reza que las infracciones a la ley de bebidas alcohólicas del estado de san Luis potosí, por lo que quien consuma bebidas alcohólicas en la vía publica, dentro de vehículos automotores, o establecimientos donde se prohíbe el consumo, se sancionara con equivalente de veinte a dos cientos días de salario mínimo…Y hayas mucho más al respecto.
De entre las modalidades que contiene la ley en mención se anota que el ayuntamiento tiene facultad para conocer el horario de trabajo pero bajo los límites siguientes; los bares y cervecerías de las 09:00 horas a las 01:00 horas del día siguiente: y billares, cines, baños públicos y boliches de las 11:00 a las 23:00 horas.
Las peluquerías pueden trabajar de las 11:00 a las 19:00 horas; los depósitos, agencias, distribuidoras y destilerías de las 10:00 a las 23:00 horas, y supermercados, minisúper, tiendas departamentales, tiendas de convivencia, abarrotes, misceláneas, tendejones, licorerías y vinaterías: 09:00 a 23:00 horas. Artículo 27 del ordenamiento referido.
De las prohibiciones; articulo 43.- queda prohibida la venta, distribución, consumo o suministro de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación en la vía publica, campo deportivo y lugares de esparcimiento al aire libre.
El articulo 50 reza que las infracciones a la ley de bebidas alcohólicas del estado de san Luis potosí, por lo que quien consuma bebidas alcohólicas en la vía publica, dentro de vehículos automotores, o establecimientos donde se prohíbe el consumo, se sancionara con equivalente de veinte a dos cientos días de salario mínimo…Y hayas mucho más al respecto.
Fuente: La Razon
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