OBSERVACIONES DE LA ASE AL MUNICIPIO DE CHARCAS Y QUE NO FUERON SOLVENTADAS
Con fundamento en los artículos 7 fracciones II, III, XXXI, 12 fracciones XII, XVII, XXVII de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí; se emiten las siguientes observaciones que en el proceso de desahogo previsto por el artículo 49 fracción IV de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí, no fueron solventadas:
Actas de Cabildo:
Revisión de Actas de Cabildo
a. Resultó que el H. Ayuntamiento de Charcas, S.L.P., no realizó durante los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2012, y enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2013,cuando menos dos sesiones ordinarias, incumpliéndose lo establecido por el artículo 21 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí.
b. Se observó que aún y cuando se haya realizado la presentación de los Informes Financieros correspondientes a los meses de febrero, abril, junio y julio de 2013, ante el Cabildo de ese Municipio, se incumplió con las disposiciones contenidas en el artículo 81 fracción VIII de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, lo anterior derivado de la presentación fuera del plazo establecido para tal efecto.
c. Resultó que la presentación de los Informes Financieros correspondientes a los meses de junio, julio y septiembre de 2013, ante el H. Congreso del Estado a través de esta Auditoría Superior del Estado, por el H. Ayuntamiento de Charcas, S.L.P., fue realizado fuera del plazo establecido, incumpliéndose con las disposiciones contenidas en el artículo 86 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí; 19 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público para los Municipios del Estado de San Luis Potosí.
Actas de Consejo de Desarrollo Social Municipal:
d. Resultó que el Consejo de Desarrollo del Municipio de Charcas, S.L.P., no realizó durante los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2012, y enero, febrero, marzo, abril mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, asamblea ordinaria incumpliendo lo establecido por el artículo 69 de la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipios de San Luis Potosí.
e. No se cuenta con evidencia documental que avale que el Consejo de Desarrollo Social realizará la validación del Programa de Obras y Acciones para el ejercicio fiscal 2013, incumpliendo lo establecido por los artículos 48 y 66 fracciones I y III de la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipios de San Luis Potosí.
f. No se cuenta con evidencia documental de la Integración del Consejo de Desarrollo Social Municipal, incumpliendo lo establecido por el artículo 66 de la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipios de San Luis Potosí.
g. No se cuenta con evidencia documental de la Presentación del Reglamento Interno del Consejo de Desarrollo Social, el cual establece el artículo 67, 72 fracción IX y demás de la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipios de San Luis Potosí.
h. No hay evidencia documental que avale que el Consejo de Desarrollo Social realizara la notificación de refrendo ante la Secretaría de Desarrollo Social Regional, dentro del plazo de ley, ejercicio fiscal 2013, incumpliendo lo establecido por los artículos 43 y 66 fracciones I YIII de la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipio de San Luis Potosí.
Conclusión
Con él objeto de dar cumplimiento al artículo 64, fracción IV, de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí, se llevó a cabo el análisis de la información y documentación remitida a esta Auditoría Superior del Estado, respecto de la legalidad de los actos ejecutados por el Municipio de Charcas, S.L.P., verificando la normatividad correspondiente a los mismos dentro del periodo comprendido de octubre a diciembre de 2012 y de enero a diciembre de 2013, quedando así descritas las observaciones generadas del acto de fiscalización.
V. RESUMEN DE OBSERVACIONES
A continuación se presenta el apartado correspondiente a las observaciones detectadas al ejercicio de los recursos por el periodo de octubre a diciembre de 2012 y de enero a diciembre de 2013, de conformidad con lo establecido en la fracción V, del artículo 64, de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí.
Observaciones Financieras
ORIGEN DEL RECURSO FINANCIERAS
Ramo 28 $ 12,802,744
Ramo 33 13,089,106
Otros Recursos 3,771,111
Obra Pública Ramo 28 0
Obra Pública Ramo 33 578,763
Obra Pública Otros Recursos 0
T O T A L $ 30,241,724
Observaciones Administrativas
ORIGEN DEL RECURSO ADMINISTRATIVAS
Ramo 28 29
Ramo 33 5
Obra Pública Ramo 28 0
Obra Pública Ramo 33 44
Obra Pública Otros Recursos 0
Legalidad 19
T O T A L 97
VI. PROPUESTAS DE LAS ACCIONES A SEGUIR
De lo descrito, se procede a establecer las acciones a seguir según lo indica la fracción VI del artículo 64 de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí; una vez determinadas las observaciones financieras y administrativas de la Cuenta Pública 2013, del Municipio de Charcas, S.L.P., del periodo de octubre a diciembre de 2012 y de enero a diciembre de 2013, las acciones a seguir son: en la primera hipótesis se procederá a dar inicio al procedimiento de fincamiento de responsabilidades tendiente al resarcimiento correspondiente, ya que por sí mismas traen como consecuencia un daño y/o perjuicio estimable en dinero a la Hacienda Pública del Municipio citado. Por lo que hace a las observaciones administrativas donde se advierte que no se causó daño a la Hacienda Pública Municipal se deberá dar vista de las mismas al órgano competente a fin de que conforme a sus facultades actúe según lo previsto en el artículo 68 fracción I de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí.
Actas de Cabildo:
Revisión de Actas de Cabildo
a. Resultó que el H. Ayuntamiento de Charcas, S.L.P., no realizó durante los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2012, y enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2013,cuando menos dos sesiones ordinarias, incumpliéndose lo establecido por el artículo 21 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí.
b. Se observó que aún y cuando se haya realizado la presentación de los Informes Financieros correspondientes a los meses de febrero, abril, junio y julio de 2013, ante el Cabildo de ese Municipio, se incumplió con las disposiciones contenidas en el artículo 81 fracción VIII de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, lo anterior derivado de la presentación fuera del plazo establecido para tal efecto.
c. Resultó que la presentación de los Informes Financieros correspondientes a los meses de junio, julio y septiembre de 2013, ante el H. Congreso del Estado a través de esta Auditoría Superior del Estado, por el H. Ayuntamiento de Charcas, S.L.P., fue realizado fuera del plazo establecido, incumpliéndose con las disposiciones contenidas en el artículo 86 fracción VII de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí; 19 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público para los Municipios del Estado de San Luis Potosí.
Actas de Consejo de Desarrollo Social Municipal:
d. Resultó que el Consejo de Desarrollo del Municipio de Charcas, S.L.P., no realizó durante los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2012, y enero, febrero, marzo, abril mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, asamblea ordinaria incumpliendo lo establecido por el artículo 69 de la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipios de San Luis Potosí.
e. No se cuenta con evidencia documental que avale que el Consejo de Desarrollo Social realizará la validación del Programa de Obras y Acciones para el ejercicio fiscal 2013, incumpliendo lo establecido por los artículos 48 y 66 fracciones I y III de la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipios de San Luis Potosí.
f. No se cuenta con evidencia documental de la Integración del Consejo de Desarrollo Social Municipal, incumpliendo lo establecido por el artículo 66 de la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipios de San Luis Potosí.
g. No se cuenta con evidencia documental de la Presentación del Reglamento Interno del Consejo de Desarrollo Social, el cual establece el artículo 67, 72 fracción IX y demás de la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipios de San Luis Potosí.
h. No hay evidencia documental que avale que el Consejo de Desarrollo Social realizara la notificación de refrendo ante la Secretaría de Desarrollo Social Regional, dentro del plazo de ley, ejercicio fiscal 2013, incumpliendo lo establecido por los artículos 43 y 66 fracciones I YIII de la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al Estado y Municipio de San Luis Potosí.
Conclusión
Con él objeto de dar cumplimiento al artículo 64, fracción IV, de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí, se llevó a cabo el análisis de la información y documentación remitida a esta Auditoría Superior del Estado, respecto de la legalidad de los actos ejecutados por el Municipio de Charcas, S.L.P., verificando la normatividad correspondiente a los mismos dentro del periodo comprendido de octubre a diciembre de 2012 y de enero a diciembre de 2013, quedando así descritas las observaciones generadas del acto de fiscalización.
V. RESUMEN DE OBSERVACIONES
A continuación se presenta el apartado correspondiente a las observaciones detectadas al ejercicio de los recursos por el periodo de octubre a diciembre de 2012 y de enero a diciembre de 2013, de conformidad con lo establecido en la fracción V, del artículo 64, de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí.
Observaciones Financieras
ORIGEN DEL RECURSO FINANCIERAS
Ramo 28 $ 12,802,744
Ramo 33 13,089,106
Otros Recursos 3,771,111
Obra Pública Ramo 28 0
Obra Pública Ramo 33 578,763
Obra Pública Otros Recursos 0
T O T A L $ 30,241,724
Observaciones Administrativas
ORIGEN DEL RECURSO ADMINISTRATIVAS
Ramo 28 29
Ramo 33 5
Obra Pública Ramo 28 0
Obra Pública Ramo 33 44
Obra Pública Otros Recursos 0
Legalidad 19
T O T A L 97
VI. PROPUESTAS DE LAS ACCIONES A SEGUIR
De lo descrito, se procede a establecer las acciones a seguir según lo indica la fracción VI del artículo 64 de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí; una vez determinadas las observaciones financieras y administrativas de la Cuenta Pública 2013, del Municipio de Charcas, S.L.P., del periodo de octubre a diciembre de 2012 y de enero a diciembre de 2013, las acciones a seguir son: en la primera hipótesis se procederá a dar inicio al procedimiento de fincamiento de responsabilidades tendiente al resarcimiento correspondiente, ya que por sí mismas traen como consecuencia un daño y/o perjuicio estimable en dinero a la Hacienda Pública del Municipio citado. Por lo que hace a las observaciones administrativas donde se advierte que no se causó daño a la Hacienda Pública Municipal se deberá dar vista de las mismas al órgano competente a fin de que conforme a sus facultades actúe según lo previsto en el artículo 68 fracción I de la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí.
Fuente: Diario del Altiplano
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